(13) Gastos de Anulación de viaje contratado (paquete turístico reservado)
Vigencia particular de la cláusula 13: Los servicios de la presente cláusula rigen desde la fecha de emisión del CERTIFICADO o VOUCHER y finalizan por completo a la fecha de inicio de la VALIDEZ o VIGENCIA del CERTIFICADO o VOUCHER que debe ser la misma de inicio del viaje contratado.
El TITULAR deberá informar a la Central de Asistencia del PROVEEDOR de su imposibilidad de viajar por teléfono a más tardar 24 horas después que una de las justas causas se presente
El PROVEEDOR sufragará los gastos de cancelación de un viaje abonados por el TITULAR solamente cuando una de las justas causas detalladas ocurra.
Esta garantía no tendrá aplicación si la cancelación de un viaje es a consecuencia de:
- Un evento que tenga origen o se produzca a consecuencia de una causa que se encuentre expresamente indicada en las ”EXCLUSIONES GENERALES”.
- La anulación sea a consecuencia de documentación de viaje incompleta o deficiente del TITULAR o acompañante al momento de su salida.-
- Una circunstancia que se encuentre expresamente descripta en la Cláusula L.- “Circunstancias Excepcionales y/o de Fuerza Mayor” de las presentes Condiciones Generales de los servicios.-
El reintegro máximo se limita al tope del PLAN DE ASISTENCIA contratado
EL TITULAR debe haber emitido su CERTIFICADO o VOUCHER el mismo día del pago de seña o del pago final de su viaje (Paquete turístico) a la agencia o intermediario de turismo, involucrando a uno o varios prestadores (Billete aéreo / Hotel), Cruceros excluidos, salvo mención especial en el PLAN DE ASISTENCIA específico para Cruceros “Cruise Protector”.-
Son justas causas para acceder a los gastos de anulación de viaje contratado:
1. Fallecimiento, accidente o enfermedad grave del TITULAR o familiar directo: Padre, Madre, Cónyuge, Hijo, Hermano (la enumeración es taxativa y no enunciativa) entendiéndose por enfermedad grave una alteración de la salud que implique hospitalización de más de 5 días, que la misma no se encuentre incluida en las EXCLUSIONES GENERALES, y que a juicio del Departamento Médico del PROVEEDOR imposibilite al TITULAR iniciar el viaje en la fecha consignada en el CERTIFICADO o VOUCHER
2. Convocatoria como parte, testigo o jurado de un tribunal que le imposibilite viajar en la
fecha consignada en el CERTIFICADO o VOUCHER.
3. Daños que por incendio, robo o por la fuerza de la naturaleza en su residencia habitual
o en sus locales profesionales, los hacen inhabitables y justifican ineludiblemente su presencia.
4. Cuarentena médica como consecuencia de suceso accidental.
5. Convocatoria como miembro de mesa electoral en elecciones de Gobierno Nacional o
Departamental.
6. Recepción por entrega en adopción de un niño.
7. Complicaciones del embarazo de la TITULAR hasta la semana 30 y que a juicio del Departamento Médico del PROVEEDOR se encuentre imposibilitada de iniciar el viaje en la fecha de inicio de vigencia indicada en el CERTIFICADO o VOUCHER.
8. Anulación de la boda del TITULAR que estuviera prevista con anterioridad a la fecha de emisión del CERTIFICADO o VOUCHER y la misma sea como consecuencia de un evento que se encuentra detallado en el Punto 1 de las presentes Justas Causas para acceder a los gastos de anulación.
9. Despido laboral comprobado con fecha posterior a la emisión del CERTIFICADO o VOUCHER y que el evento no sea a consecuencia de una causa especificada en la EXCLUSIONES GENERALES.
10. Si la persona que ha de acompañar al TITULAR en el viaje se viese obligada a anular el viaje por alguna de las causas enumeradas anteriormente. Se entiende por acompañante a la persona que comparte la misma habitación de hotel o la misma cabina de crucero, o un familiar directo: Padre, Madre, Cónyuge, Hijo, Hermano (la enumeración es taxativa y no enunciativa), y que es poseedora de un CERTIFICADO o VOUCHER en las mismas condiciones que el TITULAR.
El PROVEEDOR deducirá de la indemnización cualquier reintegro que el TITULAR de la tarjeta haya recibido de cualquiera de los prestadores por razón de ese mismo evento.
Documentación necesaria para la solicitud de reembolso:
- Recibos originales de la forma de pago, seña o cuotas dadas al momento de la compra detallando todos los servicios incluidos, como asimismo una carta del agente de viajes certificando la retención de estos pagos como consecuencia de la cancelación.
- Contrato de prestación de los servicios firmado por el prestador (Cía. aérea, hotel, Cía. marítima, etc., donde conste la política de cancelación. El contrato deberá contener la identificación en papel membretado del prestador ( la Cía. aérea deberá presentar la regla de la base tarifaria)
- Relato médico en original legible y copia de los exámenes efectuados confirmando el problema de salud que es causa de la cancelación. El relato médico deberá contener fecha de emisión, sello con matrícula y firma del médico responsable, datos de contacto del médico o clínica (teléfono, dirección de correo electrónico y especificación del diagnóstico).
- Copia del documento enviado por la agencia a la operadora con la solicitud de cancelación del viaje.
- Carta original de los prestadores del servicio involucrados confirmando la cancelación y la multa cobrada por la anulación.
- Copia de los documentos de identidad de todos los pasajeros que forman parte del grupo que consecuentemente también hayan cancelado su viaje.
Procedimiento:
- Adjuntar una nota redactada y firmada por el pasajero con firma aclaratoria donde relate brevemente lo sucedido, su número de COBERTURA o VOUCHER y los datos bancarios completos del TITULAR para depósito del reembolso solicitado,
Exclusión Particular de la Cláusula 13:
- Los Cruceros no aplican en los paquetes turísticos sujetos a anulación, salvo mención especial en los servicios del PLAN DE ASISTENCIA específico para Cruceros “Cruise Protector”.-
(14) Aplazamiento o Postergación de viaje contratado: En caso que el TITULAR deba aplazar o postergar el inicio de su viaje por una razón especificada como Justa Causa para acceder a los gastos de anulación de viaje contratado y que la misma no se encuentre especificada en las EXCLUSIONES GENERALES, el PROVEEDOR se hará cargo de la penalidad del pasaje aéreo del TITULAR en clase turista, cuando su pasaje sea de tarifa reducida por fecha fija o limitada de regreso. El TITULAR deberá indefectiblemente comunicarse con la Central de Asistencia del PROVEEDOR a fin de ser autorizado. No serán aceptados posteriormente pedidos de reembolso sin ninguna justificación. No tendrá derecho a esta prestación si el plazo de vigencia del CERTIFICADO o VOUCHER se encuentra vencido.
Atención.-Tanto para esta garantía o beneficio como para cualquier otra que comporte la no utilización del billete de transporte inicialmente previsto por el TITULAR, el PROVEEDOR recuperará siempre dicho billete de transporte y sufragará solo la diferencia eventualmente existente entre él y el que imponga la prestación de Asistencia.
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